Análisis de agua potable

Inicio » Conócenos » Análisis de agua potable

Agua de consumo humano

Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. Para asegurar la salubridad, calidad y limpieza de las aguas de consumo humano se establecen responsabilidades, competencias, criterios de calidad, control y autocontrol de la calidad, tratamientos, inspecciones, análisis de control, vigilancia… y el Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC).

ETAP Estación de tratamiento de agua potable

Se denomina estación de tratamiento de agua potable (frecuentemente abreviado como ETAP), o estación potabilizadora de agua (EPA), al conjunto de estructuras en las que se trata el agua de manera que se vuelva apta para el consumo humano. Existen diferentes tecnologías para potabilizar el agua, pero todas deben cumplir los mismos principios:

  • Combinación de barreras múltiples (diferentes etapas del proceso de potabilización) para alcanzar bajas condiciones de riesgo,
  • Tratamiento integrado para producir el efecto esperado,
  • Tratamiento por objetivo (cada etapa del tratamiento tiene una meta específica relacionada con algún tipo de contaminante).

Si no se cuenta con un volumen de almacenamiento de agua potabilizada, la capacidad de la planta debe ser mayor que la demanda máxima diaria en el periodo de diseño. Además, una planta de tratamiento debe operar continuamente, aún con alguno de sus componentes en mantenimiento; por eso es necesario como mínimo dos unidades para cada proceso de la planta.

SINAC Sistema de información nacional de aguas de consumo

El objetivo fundamental del SINAC es disponer de un sistema informatizado para identificar, a nivel nacional, la calidad sanitaria de las aguas de consumo, las infraestructuras de los sistemas de abastecimiento, desde la captación hasta la distribución de agua, ya sea a través de redes de distribución públicas o privadas, cisternas y depósitos móviles o fijos, así como los laboratorios que realizan el control de la calidad del agua. En el R.D. 140/2003 se establece que es obligatoria la utilización y suministro de datos en soporte informático al SINAC para todas las partes implicadas en el suministro de agua de consumo humano (municipios, empresas abastecedoras, laboratorios, etc).

Contacta con nosotros

Contacta con nosotros y te informaremos de forma personalizada. Utiliza nuestro formulario de contacto o llámanos. Estaremos encantados de atenderte.

Email

info@cegam.com

Teléfono

618 988 655
957 38 21 27

Dirección

C/ Arenal, 25, 14520 Fernán Núñez (Córdoba)